CONSEJO DE ESTADO COMPULSA COPIAS PARA INVESTIGAR A ANDRÉS PASTRANA POR MASACRE DE BOJAYÁ

CONSEJO DE ESTADO COMPULSA COPIAS PARA INVESTIGAR A ANDRÉS PASTRANA POR MASACRE DE BOJAYÁ

El expresidente de la República y la cúpula militar de la época serán investigados por omisiones en este caso.

La sección cuarta del Consejo de Estado negó una tutela interpuesta, entre otras entidades, por el Ministerio de Defensa, con la que pretendían tumbar un fallo que condenó a la nación por la masacre de Bojayá; concretamente por las omisiones en que incurrió la fuerza pública al haber permitido un ataque de las Farc y las Autodefensas contra la población civil que, el 2 de mayo de 2002, se encontraba refugiada en una iglesia. Allí murieron 120 personas.

El fallo confirmado por el Consejo de Estado fue proferido por el Tribunal Administrativo del Chocó y condena a la Nación, representada en el Ministerio de Defensa, el Ejército, la Policía y la Armada, a indemnizar a los demandantes por no haber impedido la crisis humanitaria padecida por los habitantes del Medio Atrato chocoano y que culminó con esta masacre.

Además compulsa copias a la Procuraduría, la Fiscalía y la Contraloría para que «determinen los respectivos compromisos por omisión respecto de los exservidores públicos» Andrés Pastrana Arango, entonces presidente de la república. A los exministros de Defensa, Gustavo Bell Lemus, y del Interior, Armando Estrada Villa; al excomandante de las FF.MM, Fernando Tapias Stahelim; al excomandante del Ejército Nacional, Jorge Enrique Mora Rangel y al de la Armada Nacional, Hernando Wills Vélez; al exdirector de la Policía Nacional, Luís Ernesto Gilibert Vargas.

«En el caso del Señor expresidente de la República, Andrés Pastrana Arango; se compulsará las copias para ante la Comisión de Acusaciones de la Honorable Cámara de Representantes para lo de su competencia en lo pertinente», indica la providencia confirmada.

El fallo advierte, que si se presenta una acción de repetición, todos ellos tendrían que indemnizar a las víctimas de sus bolsillos. «…con sus conductas se abrió paso al indebido menoscabo -del erario público correspondiente a las indemnizaciones que se reconocen, por ello, es criterio de la Sala que tal conducta aparece nítida como dolosa y permisiva, sin fundamento alguno y pueden por ello responder en repetición por los costos que sus entidades deben sufragar para restituir las cosas a su estado anterior, en cuanto fuere posible».

El fallo, con ponencia del magistrado José Andrés Rojas, además compulsa copias a la Unidad de Derechos Humanos y de Derecho Internacional Humanitario de la Fiscalía para que determine la «participación como autor intelectual de los jefes nacionales y regionales de las Farc y Auc, para la época de los hechos, sustentada dicha medida en el derecho a la verdad, justicia y reparación».

ASOMECOS AFRO

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