CONSEJO LOCAL AFRO Y DESARROLLO DE LA POLÍTICA PÚBLICA EN LA LOCALIDAD DE SANTA FE

CONSEJO LOCAL AFRO Y DESARROLLO DE LA POLÍTICA PÚBLICA EN LA LOCALIDAD DE SANTA FE

INTRODUCCIÓN

En desarrollo de la política Publica de Comunicación Comunitaria de la Localidad de Santa Fe, se proyectó el FORTALECIMIENTO DEL CONSEJO LOCAL AFRO COMO INTERLOCUTOR LEGÍTIMO ANTE EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE PARA DESARROLLAR LA POLITICA PUBLICA DE LAS ACCIONES AFIRMATIVAS DE LA POBLACIÓN AFRODESCENDIENTE DE LA LOCALIDAD, que está en etapa de ejecución final, el cual  contó y viene contando con el manifiesto interés del alcalde doctor CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA, quien brindo con todo su equipo de trabajo  respaldo total a este  Proceso de Fortalecimiento del Consejo Local Afro y desarrollo de la política pública en la Localidad de Santa Fe y de esta manera darle vida a las políticas con enfoque diferencial, políticas dirigidas a incidir de manera efectiva en el mejoramiento de las condiciones de grupos étnicos vulnerables, o históricamente expuestos a algún tipo de discriminación étnica y de justicia social.

Con gran participación comunitaria se llevó a cabo la  Consulta Previa, mecanismo por medio del cual se conformación de Consejo Local Afro  en cada localidad, que proveyera herramientas para el fortalecimiento organizativo y territorial de los mismos, para consolidar igualmente  la conformación del Consejo Distrital Afro.

Con el desarrollo de esta política pública en la Localidad de Santa Fe, que además de permitir encontrar verdaderos espacios de participación, equidad y ejercicio de la ciudadanía plena en un Estado Social de Derechos, genera que a la población afro descendiente se le reconozcan sus derechos como sujetos que forman parte del Estado Colombiano, así como lo reconoce la Constitución Política de Colombia en su artículo 7 y 13, tiene componentes que  se desarrolla a partir de las siguientes actividades: Socialización de los decretos ley étnicos con el fin de definir conjuntamente desde la visión étnica los alcances, derechos y formas de participación para su implementación, Identificación de mecanismos de participación de las autoridades étnicas,  Promoción de la participación de las autoridades étnicas en procesos de reparación colectiva que emprenda el gobierno local y Formulación de proyectos.

De lo anterior, se puede deducir que la política pública ha avanzado en relación con el tema de los derechos étnicos en la población afrocolombiana en Bogotá, en primer término y además se tiene en cuenta el documento de la Secretaria Distrital de Planeación, que da los lineamientos sobre políticas públicas de  la población afrocolombiana en Bogotá y en la Localidad en comento con enfoque de derechos para que la comunidad tenga el pleno goce de derechos como lo ordena la Ley.

Los planes de desarrollo de la BOGOTA HUMANA”, y sus localidades, en especial la Localidad de Santa Fe, reducen la segregación social y las discriminaciones.

En ese sentido, este proyecto es un aporte para la población afrocolombiana residente en la localidad de Santa Fe, que busca la visibilizacion de la política pública que en la localidad de Santa Fe, para fortalecer las  acciones afirmativas y derechos étnicos.

Este proceso de fortalecimiento del Consejo Local Afro y desarrollo de la política pública en la Localidad de Santa Fe, el pasado 18 de septiembre  de 2015,  en las instalaciones de la Alcaldía Local de Santa Fe,  el Alcalde de la localidad de Santa Fe, lo avalo instalándolo y posesionándolo oficialmente , cumplimiento al decreto 248 de 2015, que permite abrir escenarios reales de organización, dialogo y representación en comunidades afrocolombianas, negras, palenqueras y raizales, que garantizan su participación en las decisiones de  ciudad.

Igualmente el Alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, igualmente posesiono cuarenta representantes del Consejo Distrital de Autoridades Negras, Afro descendientes, Raizales y Palenqueras, el día 21 de Mayo de 2015,  en el marco del día de  la afrocolombianidad.

El fortalecimiento del Consejo Local Afro como interlocutor legítimo ante el Alcalde Local de Santa Fe, se va a desarrollar a través de una matriz de análisis categorial, en donde se establecieron tres categorías: Política Pública de la localidad, Acciones Afirmativas y Derechos Étnicos.

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

El objetivo del proyecto es permitir el  fortalecimiento del Consejo Local Afro, de manera efectiva como interlocutor legítimo ante el Alcalde Local de Santa Fe,  para desarrollar la política pública de las acciones afirmativas de la población afro descendiente y así contribuir al fortalecimiento de las capacidades de las autoridades y comunidades  negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, que permitan la gestión del desarrollo de su localidad, fortaleciendo  de forma integral a los grupos étnicos de la Localidad en sus capacidades de gestión e interlocución con  las instituciones del gobierno colombiano, a nivel Local, Distrital, departamental y Nacional.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Lograr en consenso entre el Consejo Local Afro y  la Administración Local, para desarrollar las políticas públicas de las acciones afirmativas de la población afro descendiente de la Localidad de Santa Fe,  en relación a la  educación, seguridad social, servicios públicos, educación, protección social, cultura, derechos humanos y cooperación internacional.

Generar un sistema de información que permita la identificación, cuantificación, caracterización y registro de la población afro descendiente de la Localidad.

Realizar seguimiento a las políticas y estrategias para este grupo poblacional, que permita evaluar el impacto de la Política Pública de Acciones Afirmativas, en el marco de los Derechos Étnicos.

JUSTIFICACIÓN

Este proyecto es un aporte valioso para la población afrocolombiana residente en Localidad de Santa Fe, que busca generar un fortalecimiento del Consejo Local Afro como interlocutor legítimo ante el Alcalde Local de Santa Fe, que permita desarrollar la política pública de las acciones afirmativas y derechos étnicos de la población afro descendiente de la localidad de Santa Fe, convirtiendose en herramienta eficaz en la formulación de los mismos.

En ese sentido, el proyecto es un aporte valioso para la población afrocolombiana residente en Localidad de Santa Fe, siendo una herramienta eficaz para la formulación de política pública, acciones afirmativas y derechos étnicos.

Además este proyecto, está fundamentado legalmente, lo que da obligatoriedad de cumplimiento por parte de la Administración Local.

Esta obligatoriedad legal está sustentada en los convenios internacionales (Convención Internacional contra las formas de discriminación racial Ley 22 de 1981, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; ratificado el 29 de octubre de 1969 y entró en vigencia en Colombia el 23 de marzo de 1976; Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por ley 74 de 1968 y lo ratificó al igual que el protocolo facultativo, el 29 de octubre de 1969. Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre pueblos indígenas y tribales Ley 21 de 1991) Constitución Política de Colombia 1991 (Ley de comunidades negras Ley 70 de 1993; ley general de educación Ley 115 de 1994; Ley 725 de 2001 Día Nacional de la afrocolombianidad; Conpes 3310 de 2004 Política Pública de acción Afirmativa para Población Negra y Afro) y en orden Distrital el Acuerdo Numero 175 de 2005 (¨´Promedio del cual se establece los lineamientos de la Política Pública para los afro colombianos en Bogotá, decreto 192 de 2010 ¨promedio del cual se adopta el plan integral de Acciones Afirmativas para el reconocimiento de la diversidad cultural y la garantía de los Derechos de la Población Afro colombiana Negra y Palanquera en el Distrito Capital¨) con el propósito hacer aportes tendientes a la solución del problema de la investigación (Ministerio del Interior y de Justicia Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afro colombianas, Raizales y  Palanqueras. Compendio Legislación Afro colombiana 2008).

FASES DE LA INVESTIGACIÓN

En el fortalecimiento del Consejo Local Afro, de manera efectiva como interlocutor legítimo ante el Alcalde Local de Santa Fe,  para desarrollar la política pública de las acciones afirmativas de la población afro descendiente de la Localidad, se va  trabajar en dos fases las cuales se clasifican así :  HEURÍSTICA Y HERMENÉUTICA.

La primera fase HEURÍSTICA se compilaron trabajos, relacionados con el tema de investigación, los cuales se clasificaron de acuerdo con las categorías de análisis del trabajo tales como;  documentos tipo investigación producidos por universidades ubicadas en la localidad de Santa Fe, fundaciones u organizaciones sociales, entidades públicas o privadas; los cuales se delimitaron a un periodo de tiempo comprendido entre el año 2013 al 2015. Estos se clasificaron teniendo en cuenta las categorías de análisis: políticas públicas, acciones afirmativas y derechos étnicos.

En la segunda fase correspondiente a la fase HERMENÉUTICA se realizó el análisis de los textos compilados, con el propósito de mirar las tendencias y orientaciones, que han tenido los trabajos relacionados con el tema de investigación.

ESTRATEGIA METODOLÓGICA

La estrategia metodológica seleccionada para abordar esta investigación es CUALITATIVA, la investigación cualitativa es de índole interpretativa y es realizada en grupos pequeños de personas, que generalmente no son seleccionadas sobre la base de la probabilidad.

En ese sentido, se entiende por investigación cualitativa los estudios que proporcionan una descripción verbal o explicación del fenómeno estudiado. La razón conceptual por la cual se utiliza la metodología cualitativa en la investigación, es la que proporciona una mayor profundidad de respuestas y por lo tanto, mayor comprensión, a las que se pueden obtenerse mediante unas técnicas cuantitativas.

Otra razón conceptual para utilizar las técnicas cualitativas, es la relacionada con la propia investigación cualitativa y la forma, en que se relaciona con el proceso en la investigación.

De la investigación cualitativa se puede retomar en esta investigación, aspectos tan importantes como son: la recuperación de la subjetividad, el espacio de construcción de la vida humana, la reivindicación de la vida cotidiana como escenario básico para comprender la realidad sociocultural, la intersubjetividad y el consenso como vehículos para acceder al conocimiento válido de la realidad humana.

Asumidas estas premisas, se ubica lo cualitativo en un plano que no es la renuncia a lo numérico, o lo cuantitativo, si no, a la reivindicación de lo subjetivo, lo intersubjetivo y lo particular, como prioridades de análisis para la comprensión de la realidad social.

PERSPECTIVA DE LA INVESTIGACIÓN

La perspectiva de la investigación es INTERPRETATIVA y como lo indica su nombre, ella pretende la comprensión y explicación de situaciones dentro de contextos sociales y culturales en que se interactúen.

El enfoque de la investigación desde la perspectiva interpretativa que se seleccionó para la investigación, por ser el más pertinente, es el de la etnografía cultural, el cual es un enfoque metodológico de investigación de tipo cualitativo que implica , no solamente describir, si no también interpretar y teorizar.

Como enfoque cualitativo, la etnografía se apoya en la convicción de que las tradiciones, roles, valores y normas del ambiente en que se vive se van regularizando, pueden llegar a explicar la conducta individual y grupal en forma adecuada en la localidad de Santa Fe.

APORTES Y PERTINENCIA DEL CONSEJO LOCAL EN LA LOCALIDAD.

 ENTREVISTA A HAMILTON PEREA – GESTOR DE LA GERENCIA DE ETNIAS DE IDPAC- SECRETARIA TÉCNICA ANTE EL CONSEJO LOCAL AFRO 

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COMO REPRESENTANTE  DE LA GERENCIA DE ETNIAS DE IDPAC – SECRETARIA TÉCNICA, CON RESPECTO A LA POSESIÓN DEL CONSEJO AFRO DE LA LOCALIDAD DE SANTA FE EL PASADO 23 DE SEPTIEMBRE DE 2015, MANIFIESTA QUE ES IMPORTANTE ESTE PROCESO DE VISIBILIZACION, POR CUANTO EL ALCALDE DE LA LOCALIDAD CARLOS RODOLFO BORJA,  MANIFESTÓ QUE SE PUEDEN  ESTABLECER MECANISMO MAS CLAROS PARA TRABAJAR EN ARMONÍA Y ESTABLECER REALES PRESUPUESTOS DEL AÑO 2016 AL 2019, QUE  INCLUYAN A LA POBLACIÓN AFRO DE LA LOCALIDAD EN EL PLAN DE DESARROLLO.

DE IGUAL FORMA MANIFESTÓ QUE LA GERENCIA DE ETNIAS COMO SECRETARIA TÉCNICA,  SE SIENTE ORGULLOSA DE DARLE CUMPLIMIENTO AL DECRETO 248 DE JUNIO DEL  2015, QUE PERMITE LA EJECUCIÓN DE LA CONSULTA PREVIA DEL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA DOCTOR GUSTAVO PETRO URREGO.

 

CONSEJERA DE LA LOCALIDAD DE SANTA FE DOCTORA ADRIANA BONILLA GONZALEZ

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PREGUNTA: COMO VIO EL PROCESO DE LA CONSULTA PREVIA EN LA LOCALIDAD DE SANTA FE?

R/ ESTE PROCESO FUE MUY IMPORTANTE Y ENRIQUECEDOR YA QUE PERMITO LA PARTICIPACIÓN DE LA ETNIA AFRO DE LA LOCALIDAD PARA GENERAR PROCESOS CONJUNTOS Y DE PROYECCIÓN EN BENEFICIO DE NUESTRA COMUNIDAD,

P/ AL SER ELEGIDA EN EL CONSEJO LOCAL AFRO DE LA LOCALIDAD DE SANTA FE, QUE EXPECTATIVAS TIENE?

R/ MUCHAS PORQUE ESTE CONSEJO PERMITE TENER UN CONTACTO DIRECTO CON EL ALCALDE DE LA LOCALIDAD DE SANTA FE Y ASÍ PROYECTAR LAS POLÍTICAS PUBLICAS EN FAVOR DE LA COMUNIDAD AFRO DE LA LOCALIDAD DE MANERA CONCERTADA QUE OBEDEZCA A NUESTROS REQUERIMIENTOS Y PERMITA SATISFACER NUESTRAS NECESIDADES.

P/ EL ALCALDE LA LOCALIDAD HA APOYADO AL CONSEJO LOCAL AFRO?

R/ EFECTIVAMENTE EL ALCALDE A APOYADO ESTE PROCESO AL PUNTO DE POSESIONARNOS Y MARCAR DIRECTRICES QUE DEBEMOS ASUMIR E INCLUIR EN EL PRESUPUESTO DEL PRÓXIMO AÑO LAS PARTIDAS QUE RESPONDAN A LAS NECESIDADES DE LA POBLACIÓN AFRODESCENDIENTE DE LA LOCALIDAD. EN TÉRMINOS GENERALES EL ALCALDE HA ESTADO RECEPTIVO A NUESTRAS INQUIETUDES Y HA FORTALECIDO NUESTRO PROCESO NACIENTE Y DE FORMACIÓN DEL CONSEJO LOCAL AFRO. APROVECHO PARA AGRADECER AL ALCALDE BORJA SU APOYO A NUESTRO CONSEJO LOCAL AFRO DE LA LOCALIDAD DE SANTA FE.

CONSEJERA DE LA LOCALIDAD DE SANTA FE Y CONSEJERA DISTRITAL MAESTRA ESPERANZA BIOHO

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 CON RESPECTO A LA POSESIÓN DEL CONSEJO AFRO DE LA LOCALIDAD DE SANTA FE EL PASADO 23 DE SEPTIEMBRE DE 2015, MANIFIESTA QUE ES IMPORTANTE SU VISIBILIZACION Y SU FORTALECIMIENTO EN EL PLAN DE DESARROLLO 2016 Y 2019, DE IGUAL FORMA CREAR ACCIONES PARTICIPATIVAS Y AFIRMATIVAS PARA LA POBLACIÓN AFRO, RAIZAL Y PALENQUERA DE LA LOCALIDAD Y TODO EL DISTRITO EN HARÁS DE VISIBILIZAR SU  CULTURA Y COSTUMBRES ANTE EL NUEVO ALCALDE ELEGIDO.

IMPACTO LOCAL QUE SE PERSIGUE

.-Se pretende lograr  con este proyecto que en el plan de  desarrollo de la BOGOTA HUMANA”, y sus localidades, en especial la Localidad de Santa Fe, reduzcan la segregación social y las discriminaciones.

.-Lograr  que los derechos étnicos en la población afrocolombiana tenga el pleno goce  como lo ordena la Ley.

.-Buscar el fortalecimiento organizativo, la comunicación, la incidencia política, acciones jurídicas, la inclusión social y promoción económica.

.-Obtener el reconocimiento de la Diversidad Cultural y la Garantía de los derechos de los afros descendientes en el Distrito Capital.

.- Buscar el mejoramiento de las condiciones de vida de la población afro descendiente  la localidad de Santa Fe.

INSTRUMENTOS

Como técnica de recolección de la información en la investigación, se utiliza la entrevista en profundidad, y para el desarrollo del trabajo de campo se realizarán entrevistas en profundidad  con organizaciones sociales de base del movimiento social afrocolombiano en la Localidad de Santa Fe, al igual, que con los responsables del tema de la política pública y los derechos étnicos de los afrocolombianos en entidades oficiales, del orden Local, tales como: El Movimiento Nacional Cimarrón, Gerencia de Etnias del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal, Alcaldía Local de Santa Fe; además, se tendrá como memoria histórica de la realización del proyectos, fotos tomadas en la realización y videos de entrevistas.

Se diseñaron  instrumentos para la recolección de la información, que fueron aplicados durante el trabajo de campo tales como la entrevista en profundidad.

CONCLUSIONES

«El Estado deberá promover las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptara medidas a favor de grupos discriminados o marginados”.

El Decreto 192 de 2010, “Por medio del cual se adopta el Plan Integral de Acciones Afirmativas para el reconocimiento de la diversidad cultural y la garantía de los Derechos de la Población Afro colombiana Negra y Palenquera en el Distrito Capital.

La  Ley 70 de 1993 y en la Sentencia de la Corte Constitucional sobre la diferenciación positiva T-422/96: «La diferenciación positiva corresponderá al reconocimiento de la situación de marginación social, de la que ha sido víctima la población afro colombiana y que ha repercutido negativamente en el acceso a las oportunidades de desarrollo económico, social y cultural”; y por el otro tema de la Consulta citado por la Corte Constitucional T-576 de 2014, consulta previa para población afro: “Las órdenes de protección. El Ministerio del Interior deberá convocar a todas las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras del país, sean rurales o urbanas y con independencia de la forma organizativa que hayan adoptado, a participar en el proceso de consulta previa en el que se definirán las pautas para la integración del espacio nacional de consulta de las decisiones legislativas y administrativas de carácter general, que puedan afectarlas directamente”. (Corte Constitucional. Sentencia T-576/14.)

El acuerdo, 175 de 2005: “Por medio del cual se establece los lineamientos de la Política Pública para los afro colombianos en Bogotá,” y decreto 192 de 2010, y decreto 192 de 2010, “Por medio del cual se adopta el Plan Integral de Acciones Afirmativas para el reconocimiento de la diversidad cultural y la garantía de los Derechos de la Población Afro colombiana Negra y Palenquera en el Distrito Capital”. (Alcaldía Mayor de Bogotá 2010) 

RECOMENDACIONES

Respecto al proyecto realizado es importante recomendar:

La Creación de un observatorio para la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas para población afro, a nivel nacional, DNP y Distrital, SDP y Local.

Creación de un observatorio para la formulación, implementación, seguimiento y evolución de las políticas de acciones afirmativas, en el Distrito Capital.

El Estado Colombiano debe tener una legislación, sobre el tema de acciones afirmativas para la población afro, que le permita cumplir con el artículo 13 de la Constitución Política de 1991, en especial haciendo énfasis en los derechos humanos y en espacial en el enfoque diferencial de los derechos étnicos.

La Administración Distrital por intermedio de la Secretaria Distrital de Gobierno, como órgano rector del tema de los derechos humanos y los derechos étnicos, debería crear una subdirección de derechos étnicos, además un observatorio para el tema de los derechos étnicos.

Creación de una Secretaria Distrital para el tema de los grupos étnicos, la cual tendría como funciones coordinar, la política pública, los derechos étnicos, la formulación de los planes de desarrollo, con en foque diferencial en derechos étnicos para la construcción de la política pública, para el reconocimiento de la diversidad étnica y cultural y la garantía de los derechos étnicos, de los afrocolombianos en Bogotá.

ADELANTOS DEL PROCESO DE INVESTIGACIÓN EN EL TEMA PROPUESTO

.-Consulta Previa y socialización de la sentencia T-576 del 4 de octubre de 2014 de la Corte Constitucional de Colombia

.-Elección del Consejo Local de Comunidades Negras y  Afrocolombianas de la Localidad Santa Fe

.- instalación y posesión oficialmente  el Consejo Local de Comunidades Negras y  Afrocolombianas.

.- Posesión de los Cuarenta Representantes del Consejo Distrital de Autoridades Negras, Afro descendientes, Raizales y Palenqueras de Bogotá.

SOCIALIZACION DE LA SENTENCIA T-576 DEL 4 DE OCTUBRE DE 2014 DE LA  CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA REFERENTE A LAS ORGANIZACIONES NEGRAS, AFRO, PALENQUERAS Y RAIZALES- CONSULTA PREVIA

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En Bogotá, en el Salón Huitaca de la Alcaldía Mayor y en el Hotel Tequendama,  se reunieron en Asamblea Distrital y  Nacional, respectivamente Los Afros, Raizales y Palanqueros, respectivamente,  con el  fin  de  realizar la  socialización  de la  SENTENCIA T-576/14  CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA, elección de los  Delegados Nacionales  en Consulta Previa y definir el Plan nacional de Desarrollo.

Aquí en esta reunión igualmente se realizó La socialización de la SENTENCIA T-576/14 DE LA  CORTE CONSTITUCIONAL DE COLOMBIA referente a las organizaciones negras, afro, palanqueras y raizales- consulta previa, por cuanto, en su  momento sólo convocó a los consejos comunitarios con títulos colectivos, dejando por fuera a las comunidades de base, a las organizaciones de afros desplazados y muchas otras formas organizativas.

Esta Sentencia  trata de una decisión que despeja el enmarañado derecho a la consulta previa en comunidades negras y reprende al Gobierno Nacional por sus actuaciones en esta materia. El fallo, en esencia, define que todas las organizaciones negras, afro, palanqueras y raizales tienen derecho a su representación en el órgano donde deben ser consultados todos los proyectos (legislativos o administrativos) que involucren a estas comunidades y así decidan autónomamente su propio futuro.

Esta sentencia tuvo como ponente a Luis Ernesto Vargas Silva y en ella se  resuelve una acción de tutela instaurada por Moisés Pérez Casseres. La decisión, tomada por la sala novena del Alto Tribunal, protege los derechos a la participación, a la igualdad y a la consulta previa de todas las comunidades negras del país. Los magistrados también dejaron sin efecto un decreto (121) con el que el Ejecutivo determinó en 2012 qué comunidades afros tenían derecho a ser consultadas. Por supuesto revocó todos los actos que el órgano representativo de ese entonces adelantó. Se consideró el Ministerio del Interior “vulneró los derechos fundamentales” de estas comunidades al expedir la resolución 121 de 2012, “por la cual se convoca a los representantes legales de los Consejos Comunitarios de Comunidades Negras”, ya que en ese momento sólo convocó a los consejos comunitarios con títulos colectivos, dejando por fuera a las comunidades de base, a las organizaciones de afros desplazados y muchas otras formas organizativas.

La Corte Constitucional ordena al Gobierno consultar a las comunidades la manera cómo ellas definan su representación cuando se trate de proyectos de orden legislativo o administrativo que las afecten. Revoca los fallos adversos a la tutela en tribunales departamentales y los actos que la “consultiva de 2012” adelantó. Y finalmente le da luces al movimiento negro que se reunió en el Primer Congreso de Comunidades Negras, realizado en Quibdó en agosto de 2013.para que autónomamente decidan su futuro.

BOGOTÁ SE LA JUEGA CON LA CONSULTA AFRO

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Esta es una de las grandes decisiones de política pública que de manera directa buscan transformar la participación de los afros en el Distrito.

Desde que el Alcalde Mayor de la ciudad, se reunió con el pueblo afro en el auditorio Huitaca y el teatro Jorge Eliécer Gaitán en el 2014, mucha expectativa ha generado lo manifestado por este frente a la necesidad de fortalecer y posicionar a la gente negra-afrocolombiana a través de acciones de inversión

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Y no es para menos si tenemos en cuenta que desde que cesó en sus funciones el espacio representativo (Consultiva) de la comunidad afrodescendiente para la interlocución fluida para el dialogo, la concertación y la implementación de planes que permitieran mejores oportunidades para el bienestar de esta población en la ciudad, no ha existido una representación clara que valide las relaciones de esta población con la administración distrital por la multiplicidad de actores que inciden en esta.

Por eso en el escenario que ha planteado la “Bogotá Humana” de jugársela por la construcción de un modelo de organización que reagrupe las distintas vocerías, espacios y dinámicas autónomas de participación de este pueblo, el Distrito le apuesta a la organización mediante la Consulta Previa, entendiendo que es un derecho fundamental el que poseen los afros como garantía de que la medida administrativa que expida el señor Alcalde Mayor para la creación de una instancia representativa este revestida de plena validez en ejercicio de la participación y la autonomía que debe caracterizar este proceso.

Esta es una de las grandes decisiones de política pública que de manera directa buscan transformar la participación de los afros en el Distrito; esta afirmación es comparativamente resultado de lo que ha venido sucediendo en el país y otras regiones en donde se metió al congelador la puesta en la agenda de lo público el diseño de un modelo que permitiera la creación de las instancias representativas de esta parte de la sociedad civil y organizada a partir de los derechos que como pueblo étnicamente diferenciado poseen estas para la protección y defensa de sus derechos.

Por otra parte no se entiende como en un “estado social de derecho”, la sociedad afro nacional deba mendigar un espacio de participación con el alto gobierno y las regiones máxime cuando hay una orden irrestricta y perentoria de la Corte Constitucional mediante sentencia C-823/12 y, la más reciente la C-576/14, que exhortó al gobierno nacional para que en un término de seis (6) meses y un (1) mes respectivamente, reglamentara la participación de estas comunidades, pero como ya no es de extrañar el gobierno se ha hecho el de la vista “ciega”, porque no ve lo que es del interés de esta población y por el contrario ha creado una incertidumbre generalizada igual o peor a la que creo el Consejo de Estado cuando saco del escenario de participación a las organizaciones de “base” so-pretexto de que las comunidades afro solo eran rurales en total desconocimiento de la Constitución que reconoció la diversidad étnica de la nación y no solo de los que viven en los territorios ancestrales.

Hoy el gobierno nacional solo habla de participación de los afros en relación con la consulta previa como el escenario de participación por excelencia – instrumento que se ha convertido en el “coco” para los proyectos nacionales y que demás afectan a los territorios de los grupos étnicos-; importante por cierto a la luz del Convenio 169 del OIT, pero no es el único mecanismo si se quiere dar alcance a la CP y al reconocimiento de las comunidades étnicas. Pero porqué, el proceso de Consulta Previa que adelanta el gobierno Distrital a través de la Dirección de Asuntos Étnicos (DAE) es una gran apuesta para la organización de los afros, porqué, si miramos lo apuntado anteriormente, la responsabilidad delegada para organizar a estas comunidades conforme a fallo,  esta se le extendió en responsabilidad al Ministerio del Interior, entidad que ha hecho caso omiso en darle piso administrativo a la representatividad de este grupo, lo que se desprende de la falta de organización durante la asamblea delegados congregada el pasado 31 enero, evento del cual no se conocen los resultados finales en donde se definirían las pautas para la integración del espacio nacional, entidad que con un tímido comunicado señala que por la falta de acuerdo de dos sectores no ha podido avanzar en consolidar este mecanismo que debe redundar en beneficio del general de las comunidades y no de ciertos grupo como se está observando también en el Distrito Capital, donde igualmente ciertos grupo se están abrogando como los legítimos voceros, sin que las comunidades se enteren de sus apuestas. En este punto vale registrar los momentos sucedidos con respecto a la consulta y la instancia de representación de las comunidades NARP: i) Mediante sentencia C-823/12 se convocó a las comunidades al Congreso de Quibdó, resultados de las pre-asambleas departamentales, escenario que dejo como resultado el Protocolo de Quibdó, como instrumento guía para la consulta a esta población, ii) La sentencia C-576/14 ordenó al Ministerio del Interior que debía convocar dentro de los treinta (30) días siguientes a la notificación de esta providencia, y en atención al protocolo, convocar a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras del país a participar en el proceso de consulta previa en el marco del cual se definirán las pautas para la integración del espacio nacional de consulta.

Así el escenario planteado, nos muestra que aunque el gobierno nacional ha hecho dos importantes ejercicios para la representatividad de estas comunidades en marco de la consulta en cumplimiento a lo ordenado por el alto tribunal de lo constitucional, lo cierto es que aún no se ven luces para la integración de este espacio por el propio desorden generado por Ministerio del Interior a través de la Dirección de Comunidades Negras al expedir resoluciones de legitimación del espacio de interlocución en contravía del derecho que tienen de todas las comunidades afro a la participación y no como lo ha interpretado esta.

Ahora no sobra advertir que como lo ha dicho la Corte en su jurisprudencia los espacios asamblearios realizados han sido de carácter provisional en tanto se convalide el modelo para la integración, por lo cual no tienen ningún tipo de representatividad en la medida en que estos eran para cumplir una orden legal que se hizo, por lo cual no podría en este caso el Ministerio por resolución crear espacio alguno transitorio porque se vería avocada a demandas nuevamente por cuanto no es ese el proceder.

Por lo tanto la administración de Bogotá al lanzarse con el complejo proceso de la Consulta Previa para creación del Consejo Distrital Afrocolombiano, este ente, da un salto en legitimar en derecho justo para que estas comunidades puedan movilizarse, organizarse y contar con representantes que revaliden una estructura organizada este 26 de abril y 3 de mayo, escenario donde caben todas las demás propuestas y formas diversas de expresión pero serán los consensos y mayorías en esa autonomía y autodeterminación quienes decidan.

No obstante, con el ánimo de lograr el mayor consenso y acuerdo de unidad con los afro bogotanos la administración distrital en cabeza de la DAE, consultará a los afros en la importancia de organizarse y contar con la instancia de representación que haga legítima la interlocución en el futuro mediato con las entidades del Distrito a fin de que se materialice el Plan de Acciones Afirmativas para la Población afro como política pública de intervención administrativa, pero además para consolidar un amplio proceso de participación de este sector en la ciudad, quienes tendrán en sus manos el reto de decir “aquí estamos y somos visibles”. 

DISTRITO INSTALA EL PRIMER  CONSEJO DISTRITAL DE AUTORIDADES AFRODESCENDIENTES         

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Ante el Alcalde Mayor de Bogotá, Gustavo Petro Urrego, tomaron posesión cuarenta representantes del Consejo Distrital de Autoridades Negras, Afrodescendientes, Raizales y Palenqueras, que fueron elegidos en un proceso de consulta previa en las veinte localidades de la ciudad, con el fin de generar espacios de fortalecimiento autónomo de esta comunidad y facilitar la generación acciones afirmativas desde un espacio de interlocución.

La ceremonia de instalación de dicho Consejo se llevó a cabo en el marco del día de la afrocolombianidad, donde a través diferentes expresiones culturales se celebró este avance político en la ciudad, dándole apertura oficial al Decenio Afrodescendiente.

“Aquí estamos dando un paso fundamental del que quiero seamos conscientes por el reto que significa, de unos procesos valiosos pero profundamente fragmentados, hoy se instala un proceso unitario, autónomo, no es el Distrito el que ha dicho quiénes son los miembros del consejo, es la comunidad la que ha decidido; es un Consejo Distrital, legítimamente constituido por su propio pueblo, que Bogotá Humana reconoce ayudó a conformar”, manifestó el alcalde mayor, Gustavo Petro.

Dijo el alcalde que el consejo que aquí se inicia es el primero en el distrito y que su compromiso debe ser luchar por más de un millón de afros en la ciudad de Bogotá, no por cien, no por ellos mismos. Este Consejo debe luchar por una ciudad multicultural de ocho millones de habitantes, por una democracia multicolor puntualizó.

Además, el mandatario invitó a la población afrodescendiente de la ciudad a organizarse y preparar la ‘Primera Movilización del Pueblo Afrobogotano contra el Racismo y la discriminación’ una fiesta de la democracia multicolor en Bogotá.

Por su parte, durante el acto de posesión la secretaria de gobierno, Gloria Flórez Schneider, destacó el proceso de consulta previa que permitió dar forma a este consejo para interlocutar con el Distrito.

La secretaria Flórez señaló que: “El Consejo Distrital, que se instala hoy, tiene un reto esencial, profundamente político, y es encarar no sólo la construcción y el mejoramiento de las políticas públicas de los pueblos afro en el Distrito, sino encaminar los esfuerzos al lado de sus comunidades para construir las bases del plan decenal afrodescendiente que permita dar saltos cualitativos frente a tantos siglos de exclusión, discriminación, xenofobia y racismo.”

El Consejo Distrital de Autoridades Afrodescendientes se reunirá próximamente con el Gabinete Distrital para discutir los impactados de las políticas públicas de la Bogotá Humana, además se abordarán temas como salud, educación, hábitat, movilidad, seguridad, entre otros.

LA DIRECCIÓN DE ASUNTOS ÉTNICOS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE GOBIERNO RINDIÓ CUENTA A LOS CONSEJEROS DISTRITALES AFRO DE BOGOTA

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La Directora de Asuntos Étnicos FANNY MILENA QUIÑONES RIASCOS,  Licenciada en Ciencias Sociales con Postgrado en Educación con énfasis en Educación Comunitaria de la de la U. Pedagógica Nacional. Diplomada en Etnoeducación y Cátedra de Estudios Afrocolombianos en la U. del Pacífico y en Gestión Comunitaria y Gerencia Social en la U. Javeriana. Asesora y acompañante de los docentes de reciente vinculación a los colegios públicos de Bogotá, investigadora para la elaboración de un plan estratégico de mejoramiento de la calidad Educativa del Chocó e investigadora del proyecto “Etnoeducação e dimensões político-pedagógicas da diversidade cultural nas propostas curriculares do Brasil e da Colômbia”  y su GRUPO DE TRABAJO EN PLENO, rindió cuentas de su gestión Administrativa a los CONSEJEROS DISTRITALES AFROS DE BOGOTÁ, en la CASA DE DERECHOS AFROS DE SAN CRISTOBAL.

Los tópicos tratados fueros los siguientes:

1.- El  presupuestal de la dirección de  Asuntos Étnicos.

2.- El Plan de Medios y Comunicación.

3.-La Contratación.

4.-Revision e informe del Proceso de la Consulta Previa en Bogotá.

5.-Presentación del Proyecto Plan Decenal  Integral de Acciones  Afirmativas.

6.-Informe sobre las Casas para los Derechos Afros.

Esta Rendición de Cuentas permitió que la DAE y los  CONSEJEROS DISTRITALES AFROS DE BOGOTÁ, luego de amplia discusión sobre la misma, coincidieron en  nombrar a un interlocutor legítimo entre ellos, recayendo en cabeza de ALFONSO ROMÁN ZERA, que permitirá una comunicación más fluida en cuanto a todo el quehacer de la DAE.

Se concluyó igualmente, que es fundamental que se dé una Reunión Urgente con el señor Alcalde Mayor de Bogotá, doctor GUSTAVO PETRO URREGO, con el fin de definir muchas temas que quedaron pendientes desde la posesión de los Consejeros Distritales Afros de Bogotá y que aún no se han cristalizado.

 

 ALCALDE DE LA LOCALIDAD DE SANTA FE DOCTOR CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA,POSESIONA AL CONSEJO LOCAL AFRO 

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Posesión del Consejo Local de Comunidades Negras y  Afrocolombianas de la localidad de Santa Fe, en las instalaciones de la Alcaldia Local de Santa Fe, ante el Alcalde de la Localidad Doctor CARLOS RODOLFO BORJA HERRERA,dando cumplimiento al capitulo 3 del decreto 248 de 2015 en  la Localidad de Santa Fe.

ASOMECOS AFRO

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